martes, 8 de mayo de 2007

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL, NIP

NÚMERO ÚNICO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL, NUIP

Ahora los colombianos recién nacidos y quienes cumplen 18 años tendrán un NUIP, Número Único de Identificación Personal. Una cifra numérica de identidad de 10 dígitos que nos distinguirá desde que nacemos hasta que morimos. La Registraduría Nacional del Estado Civil, para el mes de marzo de 2004 ya aplica el NUIP en todo el país, con la asignación correspondiente de los cupos numéricos a las demás Registradurías, Notarias y Consulados.

Desde que se inició el proceso de identificación en Colombia, hace 74 años, ha tenido grandes cambios que se resumen en tres estados vigentes de identificación nacional:

1. Registro civil (del nacimiento hasta los 7 años).

2. Tarjeta de identidad (de los 7 a los 18 años).

3. Cédula de ciudadanía (mayoría de edad 18 años hasta el fallecimiento).

Estos cambios incluyen el NIP, Número de Identificación Personal). Las personas registradas entre el 1 de enero de 1970 y el 31 de enero de 2000 tienen NIP compuesto por números.

Luego desde el primero de febrero de 2000 se inició el proyecto del NUIP alfanumérico que tuvo vigencia hasta el 30 de septiembre de 2003.

Actualmente, desde el primero de octubre de 2003 se ha venido aplicando el NUIP numérico. En el 2004 ya se aplica el NUIP en todo el país iniciando la numeración por el mil millones (1.000.000.000)

¿Qué es el NUIP?

· Un moderno sistema de identificación que le permite a los colombianos tener un número único desde que nace hasta que muere.

· Cuando se cumpla mayoría de edad a los 18 años, se expide la cédula de ciudadanía con el mismo número del NUIP que se le asignó al nacer.

· Se aumentan dos números más, es decir, que queda con 10 dígitos numéricos.

· No habrá rangos de género, con el NUIP la identificación será consecutiva en hombres y mujeres sin distinción.

· Los ciudadanos que tengan su cédula expedida antes de octubre de 2003 seguirán teniendo ese mismo número y no lo deberán cambiar al NUIP.

· El NUIP sólo se asigna a los recién nacidos y a los que piden su cédula por primera vez a partir del 2004.

· El NUIP NO es un nuevo documento de identificación, es básicamente un nuevo número que identifica a la persona desde su nacimiento hasta la muerte.

· Cuando se expide un Registro Civil de Nacimiento se le asigna un NUIP, será el mismo numero en su Tarjeta de Identidad y en la Cédula de Ciudadanía. El NUIP asignado se mantiene para los tres tipos de documento.

· Los menores que tengan NUIP alfanumérico tienen una equivalencia con NUIP numérico de 10 dígitos y el anterior pierde validez. Para ello, la Registraduría asignó unas equivalencias que están incluidas en el rango comprendido entre 1.000.000.000 y 1.009.999.999. Con esta información se podría validar la correspondencia entre un NUIP alfanumérico y uno numérico cuando se vaya a realizar este cambio.

· Los menores que tengan NIP se les asignará el NUIP únicamente cuando tramiten la Cédula de Ciudadanía, es decir su Tarjeta de Identidad será el mismo NIP de 11 dígitos. El NIP se asignó hasta cuando entró en funcionamiento el NUIP alfanumérico.

· Cada oficina que ejerce la función de registro del estado civil tiene asignado un rango o cupo numérico para la asignación del NUIP, por lo tanto se podría llegar a verificar que un NUIP si corresponde al sitio donde se dice fue expedido.

· Los números de las Cédulas de Ciudadanía emitidas con anterioridad al NUIP se mantienen iguales. A estos se les podrá seguir aplicando las validaciones vigentes.

· Ya se está emitiendo el NUIP, por lo tanto las entidades deben estar en capacidad de manejar en sus sistemas este número (Ej. Apertura de productos, extractos, consultas, reportes, almacenamiento, etc.).

· Otros tipos de documentos (Ej. Pasaporte) pueden utilizar el NUIP tal cual o con algún campo adicional tipo dígito de chequeo, sin embargo son expedidos y controlados por entidades diferentes a la Registraduría Nacional del Estado Civil.

La asignación de NUIP es gratuita.

Cabe resaltar que la Registraduría Nacional del Estado Civil ha informado por escrito y en reuniones a varias entidades públicas y privadas en especial a la Asociación Bancaria, agremiación que informó a los bancos y a la Superintendencia Bancaria, que incluso tiene circulares en este sentido a las vigiladas.

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