Procedimiento:
El Registro Civil de Nacimiento, el de Matrimonio y el de Defunción se tramitan en el mismo municipio en donde ocurrió el hecho, en las siguientes dependencias:
· Registradurías Especiales.
· Registradurías Municipales.
· Registradurías Auxiliares; Notarías; Inspecciones de Policía y Corregimientos autorizados y Consulados.
Uno de estos dos requisitos:
· Partida eclesiástica auténtica o acta religiosa expedida por la Iglesia o Congregación en donde se haya realizado el matrimonio, anexando una certificación de la arquidiócesis o de celebración de convenio de derecho público interno con el estado Colombiano o
· Copia de la escritura pública de protocolización del matrimonio.
Se deben registrar el matrimonio católico, el contraído en otra religión o credo y el civil.
El Registro Civil de Nacimiento, el de Matrimonio y el de Defunción se tramitan en el mismo municipio en donde ocurrió el hecho, en las siguientes dependencias:
· Registradurías Especiales.
· Registradurías Municipales.
· Registradurías Auxiliares; Notarías; Inspecciones de Policía y Corregimientos autorizados y Consulados.
Uno de estos dos requisitos:
· Partida eclesiástica auténtica o acta religiosa expedida por la Iglesia o Congregación en donde se haya realizado el matrimonio, anexando una certificación de la arquidiócesis o de celebración de convenio de derecho público interno con el estado Colombiano o
· Copia de la escritura pública de protocolización del matrimonio.
Se deben registrar el matrimonio católico, el contraído en otra religión o credo y el civil.
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